Sigo estos días con cierta distancia (no les voy a engañar)
una polémica propensa a los veranos: el caso Gibraltar. Digo que la sigo con distancia porque el
hecho de que esa bonita ínula asome el hocico mediático con puntualidad
“británica” en periodo estival, no sé a ustedes, pero a mí me genera cierta
indiferencia y las reservas naturales ante quien asiste a una nueva y
“encendida” polémica, que durará lo que dura el tinto de verano. Tengo la
sensación de que dos Newsletter más
tarde a este nuevo “calentón spanglish” la vida seguirá igual para todos. Pero entrados en harina de todo lo que se
está vertiendo estos días en los medios de comunicación me gustaría hacer una
reflexión sobre la fiscalidad gibraltareña. A parte de los motivos ecológicos,
la potestad sobre las aguas o el contrabando, en el foco de la polémica se
colocan también los beneficios fiscales reservados a los habitantes del
territorio de ultramar británico. Como paraíso fiscal ofrece un régimen
tributario especialmente favorable a los ciudadanos y empresas no residentes
que se domicilien a efectos legales en el mismo. Gibraltar se ha puesto manos a
la obra con el objetivo de captar la domiciliación de fondos de inversión. El impuesto sobre la renta (IRPF) sumará como máximo 35.100 euros al año,
independientemente de los beneficios que obtengan, mientras que por el mismo
concepto en Reino Unido se aplica un tipo máximo del 45%. Además no está lejos
la idea de la no aplicación del IVA, una
situación muy ventajosa sobre la realidad del Reino Unido donde se aplica un
IVA del 20%. Además, las cotizaciones a la Seguridad Social suman por familia y
mes 140 euros, lo cual se aleja mucho de la cifra a abonar en Reino Unido,
donde se abona por trabajador y semana un 14% si sus ingresos superan los 930
euros. Si no se aplicara el IVA los fondos de inversión se ahorrarían en torno
al 20% en la contratación de profesionales liberales, como contables o
abogados. Las ventajas, que se pretenden y las que ya existen, configuran una
notable diferencia con la realidad española, pero, aunque no nos guste, están
dentro de la legalidad. Pero a la vez que velamos por nuestros intereses
desmereciendo y denunciando al vecino, habría que preguntarse ¿Por qué a
nosotros no nos luce realmente tener una alta presión fiscal? ¿Por qué nuestros
impuestos no tienen el retorno social que nos gustaría? ¿Dónde han ido a parar
realmente esos ingentes ingresos estatales de los últimos tiempos si no hemos
notado una mejoría en los pilares del bienestar social, sino más bien lo
contrario? El hecho de tener una mayor presión fiscal no garantiza una mejor
calidad de vida, pero sí debería garantizar un mayor control y seguimiento de
la contribución solidaria de nuestros paisanos. Mirar a Gibaraltar está bien,
pero sin descuidar que la diferencia no está sólo en la fiscalidad sino también
en la administración de los recursos. Con Gibraltar tomar partido es fácil
porque la polémica se asienta sobre raíces más pasionales, pero la realidad es
que mirándonos en Europa, podemos
encontrar diferencias similares y sin embargo nadie se las toma tan a pecho. Que
los árboles no nos impidan ver el bosque.